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Gestión Clientes y Proveedores

5.- Regímenes fiscales Agencias de Viajes

RégimenDescripciónEjemplos
Régimen Especial (REAV)– Simplificación del IVA para agencias de viajes que organizan y venden viajes combinados en su propio nombre.
– El IVA se calcula solo sobre el margen de beneficio.
– No se puede deducir el IVA soportado en los servicios adquiridos.
1. Agencia vende un viaje combinado a Roma (incluye vuelo, hotel y visitas guiadas) por 2.000 €, con un coste de 1.700 €. El IVA se calcula sobre el margen de 300 €.
2. Agencia organiza un tour a Egipto con un paquete que incluye vuelos, alojamiento y excursiones. El IVA se aplica solo al margen de beneficio de la agencia.
Régimen General– Aplicación estándar del IVA donde la agencia repercute el IVA sobre el precio total de los servicios vendidos.
– La agencia puede deducir el IVA soportado en los servicios adquiridos.
1. Agencia vende un billete de avión y una reserva de hotel por separado, desglosando el IVA en la factura al cliente y deduciendo el IVA soportado en la compra de esos servicios.
2. Agencia actúa como intermediaria vendiendo entradas a un espectáculo y repercute el IVA sobre la comisión ganada.
Renuncia al REAV– Renuncia al REAV para un expediente específico, aplicando el Régimen General del IVA solo a ese expediente.
– Permite deducir el IVA soportado en los servicios del expediente renunciado.
1. Agencia organiza un viaje combinado a París (vuelo + hotel + tour) y decide renunciar al REAV para deducir el IVA de los servicios contratados.
2. Agencia organiza un crucero por el Mediterráneo y opta por tributar bajo el Régimen General en ese expediente para poder deducir el IVA del paquete turístico

Las características que debe de cumplir un servicio para que tribute en régimen especial agencias de viajes son las siguientes:

Usando medios ajenos para la realización de los mismo.

Servicios de transportes y/o alojamientos.

Prestados en nombre propio.

Un viaje combinado es un tipo de paquete turístico que incluye la combinación de al menos dos de los siguientes servicios, vendidos o ofrecidos como un único producto, y cubriendo un periodo superior a 24 horas o que incluya una noche de estancia:

  1. Transporte: Por ejemplo, billetes de avión, tren, autobús, etc.
  2. Alojamiento: Estancias en hoteles, apartamentos, casas rurales, etc.
  3. Otros servicios turísticos: Que no sean accesorios al transporte o alojamiento, como excursiones, visitas guiadas, entradas a espectáculos, alquiler de coches, etc.

Características del Viaje Combinado

  • Comercialización en nombre propio: El viaje combinado debe ser organizado y comercializado por una agencia de viajes en su propio nombre, es decir, la agencia actúa como el vendedor del paquete completo.
  • Unidad de precio: El viaje combinado se vende por un precio total único, aunque los diferentes servicios que lo componen pueden tener costes individuales separados.

Régimen Fiscal aplicable

En términos fiscales, los viajes combinados organizados por una agencia de viajes tributan generalmente bajo el Régimen Especial de las Agencias de Viajes (REAV).

Régimen Especial de las Agencias de Viajes (REAV):

  • Objeto del Régimen: Este régimen simplifica la tributación del IVA para las agencias de viajes que organizan viajes combinados. Se aplica exclusivamente a agencias que organizan viajes en nombre propio y facturan a los clientes un precio total por el viaje.
  • Cálculo del IVA:
    • El IVA no se aplica sobre el precio total del viaje combinado, sino únicamente sobre el margen de beneficio que obtiene la agencia. El margen se calcula como la diferencia entre el precio cobrado al cliente y el coste de los servicios adquiridos por la agencia.
    • Este régimen es obligatorio para las agencias de viajes que cumplen con los requisitos mencionados, aunque, como hemos discutido antes, existe la opción de renunciar al REAV para un expediente específico.
  • Deducción del IVA:
    • En el REAV, la agencia no puede deducir el IVA soportado en la compra de los servicios que componen el viaje combinado (transporte, alojamiento, etc.), ya que el IVA se calcula solo sobre el margen de beneficio.

Ejemplo Práctico:

Imagina que una agencia de viajes vende un paquete combinado para un viaje a París que incluye:

  • Vuelo: 300 €
  • Hotel: 500 €
  • Tour guiado: 200 €

El costo total para la agencia de estos servicios es de 800 € (vuelo + hotel + tour). La agencia vende el paquete a sus clientes por 1.000 €. Bajo el REAV:

  • El margen de beneficio es 1.000 € (precio de venta) – 800 € (coste) = 200 €
  • El IVA se aplica solo sobre este margen de 200 €, no sobre el total de 1.000 €.
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